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Bonificación al 50% de la tasa fiscal de las máquinas recreativas en Extremadura

Bonificación al 50% de la tasa fiscal de las máquinas recreativas en Extremadura

TASA FISCAL DEVENGADA ENTRE EL 1 DE ENERO Y 31 DE MARZO DE 2021.

La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a través del Diario Oficial de Extremadura (DOE), ha publicado, de carácter extraordinario, el Decreto-Ley 1/2021, 13 de enero, por el que se aprueba un programa de ayudas para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores más afectados  por la crisis sanitaria por un importe de 40 millones de euros.

Así, el objeto de este Decreto-Ley es la puesta en marcha de un programa de ayudas de concesión directa y sin convocatoria, y están destinadas a prestar apoyo económico a las pymes con centro productivo en Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica, incluidos autónomos, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica, pertenecientes a los sectores de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores empresariales afectados en su actividad por la COVID-19 y que se recoge en el Decreto-Ley.

Con ello, se pretende compensar los efectos económicos y dar una respuesta efectiva a los sectores afectados por las medidas para contener los contagios por COVID-19.

Asimismo, dentro de este Decreto-Ley, se establecen también nuevas medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente al impacto de la COVID-19 en Extremadura.

En concreto, la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar devengada entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021 se bonificará al 50 por ciento siempre que se mantenga de alta en el censo la máquina durante todo el primer trimestre.

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