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La Junta de Castilla y León suspende la apertura de locales de juego hasta el próximo 26 de enero

La Junta de Castilla y León suspende la apertura de locales de juego hasta el próximo 26 de enero

TAMBIÉN LAS ACTIVIDADES DE RESTAURACIÓN EN INTERIORES.

El gabinete de crisis frente a la COVID-19 ha acordado proponer hoy en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno continuar con las políticas de prevención y anticipación para frenar el avance de la tercera ola de la pandemia.

Ante el incremento vertiginoso de la incidencia acumulada (I.A.) a siete días, cinco veces superior a la incidencia de la semana de Navidad, se ha decidido reforzar la campaña de vacunación si está garantizado el suministro; continuar con los cribados masivos; y extender a todas las provincias las actuales restricciones adicionales vigentes en Ávila, Palencia y Segovia.

En este contexto, la vacuna, además de un hito científico histórico, se vislumbra como el camino para superar el reto pandémico y, en ese sentido, la Comunidad de Castilla y León está inmersa en el desarrollo de su Estrategia de vacunación frente a la COVID-19, la cual se está llevando a cabo de acuerdo con lo establecido para el conjunto del Sistema Nacional de Salud.

El gabinete de crisis frente a la pandemia reunido propondrá al Consejo de Gobierno que de forma extraordinaria se celebrará hoy medidas excepcionales para la contención de la COVID-19 en Castilla y León, medidas que refuerzan el actual nivel 4 de alarma sanitaria vigente en la Comunidad ante la negativa evolución epidemiológica y asistencial que reflejan los datos y criterios sanitarios en territorio autonómico castellano y leonés durante los últimos días

La propuesta del comité de crisis es que toda la Comunidad pase de esta forma a este estadio agravado frente a la pandemia, sumándose las provincias de Burgos, León, Salamanca, Soria, Valladolid y Zamora a esta situación ya vigente en Ávila, Palencia y Segovia.

La Junta responde así a los últimos informes sanitarios y de la evolución de los indicadores pandémicos en Castilla y León, que expresan una situación de riesgo extremo, con transmisión comunitaria no controlada y sostenida de la infección por SARS-CoV-2 que excede las capacidades del sistema sanitario.

Su entrada en vigor se ha establecido para las 00:00 h del próximo miércoles, 13 de enero y el período de vigencia inicialmente establecido es de catorce días, hasta las 23:59 h del 26 de enero, si bien la Consejería de Sanidad evaluará de forma continua la situación sanitaria con el fin de garantizar la adecuación de las medidas vigentes a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo ser aquellas mantenidas, modificadas o levantadas en función de su evolución.

Estas acciones ahora aprobadas de agravamiento del nivel 4 ante la actual situación por la COVID-19 en la Comunidad se centran en:


-Se suspenden todas las actividades de restauración en interiores, permitiéndose en terrazas con las condiciones indicadas para el nivel 4, con las siguientes excepciones: Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo. Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento. Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, socio sanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social. Otros servicios de restauración en centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración en centros de trabajo, destinados a las personas trabajadoras. Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.

-Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.

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